Moción antidesahucios del Movimiento 15-M en el Ayto. de Getxo
Publicado en: http://www.asociaciondevecinos.es
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La Asamblea del Movimiento 15M de Uribe Kosta (comarca de la margen derecha de Vizcaya formada por 15 municipios) ha decidido presentar una Moción en el Ayuntamiento de Getxo (a través de uno o varios de los partidos en la oposición, que son los unicos con facultad para hacerlo en el Pleno del Ayuntamiento), instando al consistorio a que se paralicen todos los desahucios que estén en proceso o puedan estarlo en un futuro. La citada Asamblea ha invitado a las Asociaciones de Vecinos de Getxo a sumarse a esta Moción o bien a presentarla conjuntamente con ellos. También se lo han comunicado al movimiento Stop Desahucios de Bizkaia. En documento remitido a las asociaciones de vecinos de Getxo se adjunta el modelo de Moción que va a utilizar esta asamblea y que puede ser utilizado igualmente por cualquier organización o asociación ciudadana.
Modelo de documento para Moción
Titulo (en este caso dirigido al Ayuntamiento de Getxo): Moción al Ayuntamiento de Getxo sobre la dación en pago
Objetivo de la Moción: Instar al Gobierno del Estado a modificar la ley hipotecaria con el fin de regular la dación en pago y adoptar las medidas económicas necesarias para evitar los desahucios por motivos económicos.
Razonamiento
Con el estallido de la crisis y el aumento del paro, centenares de miles de familias han llegado a una situación límite que no les permite cubrir sus necesidades más básicas. Según los datos del Consejo General del Poder Judicial, en 2012 se realizaron 91.622 ejecuciones hipotecarias y, al final de este mismo año 198.116 ejecuciones hipotecarias estaban en trámite. Durante los últimos cinco años que llevamos en crisis (2008 a 2012), crecieron un 368,7 por ciento respecto a los cinco años anteriores. Según el informe presentado por el Colegio de Registradores de España el 11 de abril de 2013, solo durante el año 2012, la banca se quedó con 30.034 primeras viviendas por impago de créditos, lo que supone una media de 115 desahucios por día hábil.
Cuando esto sucede, las familias no sólo se enfrentan a la pérdida de su vivienda sino también a una condena financiera de por vida: la entidad bancaria interpone una demanda y se inicia el proceso de ejecución hipotecaria que finaliza con la subasta del inmueble. Si la subasta queda desierta (cosa que en el actual contexto de crisis sucede en más del 90 por ciento de los casos), con la ley vigente la entidad bancaria se adjudica la vivienda por el 60 por ciento del valor de tasación y sigue reclamando el pago de la deuda restante, más los intereses y costas judiciales, a las personas en situación de insolvencia, mediante el embargo de nóminas, cuentas, etc, así como embargos a los avalistas (en la mayoría de los casos los padres jubilados). Es decir, además de perder la vivienda, miles de familias se enfrentan a una condena financiera de por vida que se traduce en una condena a la exclusión social y la economía sumergida.
Esta legislación que permite que las entidades financieras se adjudiquen las viviendas por el 60 por ciento del valor de tasación no sólo es anómala y no tiene comparativa con las legislaciones de otros países de nuestro entorno, sino que además era desconocida por las familias cuando firmaron los contratos hipotecarios. Hecho que se suma a la publicidad engañosa con la que se comercializaron la mayoría de esas hipotecas, a la sobrevaloración en las tasaciones y al lenguaje de difícil comprensión utilizado en los contratos que ahora se descubre que en muchos casos escondía todo tipo de cláusulas abusivas, como es el caso de las cláusulas suelo.
Consideramos inadmisible y totalmente injusto que en un Estado, que se autodenomina, social y democrático de derecho, todas las consecuencias de la crisis recaigan sobre la parte más vulnerable del contrato hipotecario (las familias) y en cambio las entidades financieras, en buena medida responsables de la actual crisis, reciban ayudas millonarias que salen de los impuestos, de esas mismas familias, sin tener que asumir ninguna responsabilidad, al mismo tiempo que siguen generando miles de millones de beneficios anuales.
Todo lo aquí expuesto vulnera el actual marco jurídico, puesto que el derecho a la vivienda es un mandato constitucional, especialmente recogido en el artículo 47 de la Constitución española, que dice: “Todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho…”, pero también en el artículo 33, que limita claramente el derecho a la propiedad privada al cumplimiento de su función social (y que a día de hoy, se incumple sistemáticamente, en los pisos vacíos acumulados por bancos y cajas de ahorro), o en el artículo 24 que garantiza la tutela judicial (vulnerado en los procesos de ejecuciones hipotecarias donde se produce clara indefensión), así como los compromisos jurídicos en materia de derecho a la vivienda asumidos por el estado español al ratificar tratados internacionales vinculantes como son, entre otros, la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 25) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales (artículo 11), especialmente a partir de su Observación General número 4 –que concreta el contenido del derecho a una vivienda adecuada- y la Observación General nº 7 -que define los desalojos forzosos como una de las principales vulneraciones del derecho a la vivienda.
Es cierto que estamos hablando de una normativa de competencia estatal, pero cuyos efectos dramáticos se concretan en el ámbito municipal, puesto que es a los ayuntamientos a donde se dirigen mayoritariamente las personas y familias afectadas en busca de ayuda. Así, los ayuntamientos se convierten en doblemente perjudicados: en primer lugar porque se vulneran los derechos fundamentales de sus ciudadanos; en segundo lugar, porque en pleno contexto de crisis, cuando los recursos son más escasos que nunca, reciben todas las peticiones de ayuda de las personas y familias empobrecidas.
Además, considerando el dictamen emitido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, informando que los procedimientos masivos de ejecución hipotecaria no garantizan el derecho a la tutela judicial efectiva de los afectados, y que la sentencia que dictará el tribunal europeo será de aplicación directa en todos los estados miembros, exigimos la paralización inmediata de todos los procedimientos de ejecución hipotecaria de forma cautelar, hasta el momento en que se emita la citada sentencia, con el fin de evitar perjuicios de difícil reparación, así como las siguientes medidas que se exponen a continuación:
Como consecuencia de lo anterior, los desahucios –aún más cuando suponen el mantenimiento de una deuda en forma de condena financiera- conllevan altos niveles de inseguridad que desencadenan la alteración del orden público y la paz social.
De acuerdo con lo expuesto, el Grupo Municipal de ….. (partido que presenta la Moción) ….. somete a la consideración del Excmo. Ayuntamiento Pleno la siguiente
MOCIÓN
- Primero: El Excmo. Ayuntamiento de Getxo pide al Gobierno de la Nación que, tal y como vienen proponiendo numerosas organizaciones sociales de todos los ámbitos territoriales -desde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca hasta la Comisión Ciudadana contra la Crisis y el Paro-, así como partidos políticos en el Congreso de los Diputados, apruebe una modificación de la regulación hipotecaria que incluya la figura de la dación en pago, de manera que, en los casos de residencia habitual, si el banco ejecuta la hipoteca y se queda con la vivienda, la totalidad de la deuda (principal, más intereses y costas judiciales) quede liquidada, tal y como sucede en otros países de la UE o en EEUU.
- Segundo: El Excmo. Ayuntamiento de Getxo insta al Gobierno de la Nación a aprobar una moratoria o implementar las medidas necesarias para paralizar los desahucios de las familias en situación de insolvencia sobrevenida e involuntaria. Para los miles de desahucios ya producidos, que se aprueben con carácter de urgencia medidas destinadas a que los miles de pisos vacíos que están acumulando las entidades financieras como consecuencia de esos embargos sean puestos inmediatamente a disposición de las familias desahuciadas y sin recursos en régimen de alquiler social, no superando nunca el 30% de la renta familiar disponible.
- Tercero: Más allá de las medidas de competencia estatal, este Excmo. Ayuntamiento se compromete a estudiar las medidas a emprender a nivel municipal para paralizar los desahucios, creando una comisión especial mixta en la que participen representantes del pleno municipal y de las asociaciones vecinales y otras organizaciones sociales conocedoras de la problemática (incluido el M15M). El objetivo principal de dicha comisión será buscar alternativas que eviten los desahucios por motivos económicos, y, en los casos que no sea posible, garantizar el realojo digno de las familias afectadas.
- Cuarto: El Excmo. Ayuntamiento de Getxo dará traslado de estos acuerdos al Consejo de Ministros, y en especial al Ministerio de Economía y al Ministerio de Justicia, así como a los grupos parlamentarios del Congreso y el Senado, al Parlamento Autonómico, a la Plataforma de Afectados por la Hipoteca y a las asociaciones vecinales y sociales de Getxo.